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Negligencia por falta de consentimiento informado | ¿Cómo reclamar?

¿Es la ausencia del conocimiento informado un motivo de condena? Cuando hablamos de una negligencia médica, no siempre tiene porque estar asociada a una mala praxis. De hecho, 7 de cada 10 reclamaciones contra los facultativos tienen que ver con la ausencia o el defecto en el consentimiento informado.

¿Cuándo se produce la falta de consentimiento en una intervención médica?

A la hora de someterse a una intervención médica, el paciente debe haber aceptado y firmado su consentimiento, conforme a que está de acuerdo con la operación y que conoce y acepta los riesgos que implica. De no hacerlo, la falta de consentimiento intervención médica sería considerada negligencia médica.

Por medio de este consentimiento, el paciente tiene la posibilidad de tomar una decisión, de seguir adelante o de rechazar el tratamiento que le propone su médico. Para ello, puede ejercer su derecho a recibir esta información.

Sin embargo, puede que a los médicos se les olvide facilitar esta información al paciente o que no le presten demasiada atención al consentimiento. Pero, ¿y si luego algo sale mal? Si eso ocurre, el paciente tendrá derecho a reclamar.

Si se demuestra que no existe un documento escrito de consentimiento informado, es motivo de indemnización tal y como recoge la ley 41/2002 básica reguladora de “la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica“. Añadiendo además la importancia de la información verbal (en general) y escrita (en particular).

Si bien es cierto que por lo general el consentimiento se le dá con carácter verbal al paciente. No obstante, sí se obliga a darlo por escrito en los casos de intervención quirúrgica, diagnóstico invasivo o un procedimiento que implique algún riesgo e inconveniente importante para su salud.

El paciente debe introducir sus datos reales, sin espacios y completar toda la información que se le solicita. Asimismo, debe estar firmado por el paciente y por el responsable, tanto en el caso de aceptación como rechazo para así confirmar o no la comprensión del documento. 

Falta de consentimiento intervención médica, una de las negligencias más comunes

A la hora de hablar de las distintas negligencias médicas, estas son algunas de las más comunes:

Teniendo en cuenta que se producen en torno a unas 15.000 negligencias médicas anuales en España, es importante conocer este dato y saber cómo reaccionar en todo momento, porque son tus derechos. 

Independientemente de que la intervención tenga un desenlace feliz o no, lo cierto es que la falta o ausencia de consentimiento informado supone una vulneración de la lex artis y delata un funcionamiento anormal del servicio sanitario. No es normal que ocurra y no pueden darse estos sucesos.

¿Qué debe contener la hoja del consentimiento?

Para que no se produzca una situación de falta de consentimiento intervención médica, en la hoja se deben detallar:

  • Consecuencias de la intervención con total seguridad
  • Riesgos en base a las condiciones del paciente
  • Riesgos probables en condiciones normales
  • Contraindicaciones
  • Beneficios de la intervención
  • Alternativas 

En el documento deben aparecer estas cuestiones, así como especificar los posibles problemas que podrían surgir durante el tratamiento o después, para que el paciente pueda tomar una decisión fruto del conocimiento, para que pueda firmar la hoja de consentimiento si está a favor.

Lo obligatorio es informar al paciente con transparencia de su situación, de la intervención, de los riesgos o posibles riesgos y que él tenga la última palabra. Incluso se le podrían ofrecer alternativas terapéuticas. Así podrá poner sobre una balanza los posibles riesgos y los beneficios, y decidir por sí mismo. 

Aunque el médico insista en que se debe operar, es el paciente quien tiene la última palabra. Si tiene dudas, es posible que le pida consejo y se lo dará, le dirá que es lo mejor para él o que haría en su situación. Pero no anula lo anterior, que debe existir con carácter obligatorio.

¿Quién decide en el caso de personas dependientes o menores?

En el caso de personas declaradas legalmente incapaces, el juez nombra a un tutor legal que será quien firme por parte del paciente. 

Por otro lado, si el paciente es mayor de 12 años y se considera que reúne unas condiciones de madurez suficientes para entender la información y dar su consentimiento, podrá firmarlo él, sus padres o su representante legal.

¿Si no existe es motivo de denuncia?

Normalmente, en los casos en los que la intervención no termina bien, la ausencia del consentimiento informado es un problema judicial para los médicos, porque están en su obligación de informar al paciente de cómo será la intervención y de los riesgos

El conocido como defecto o ausencia de dicho consentimiento informado al paciente no le genera responsabilidad porque requiere de un resultado lesivo como consecuencia. Pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo considera la no información como un daño moral grave e indemnizable aunque no sea un resultado físico lesivo.

Es obligatorio porque es materia de salud y el paciente podría estar condicionado a operarse solo porque así se lo indica su médico. Además, puede que si conociera los riesgos reales de la intervención decidiera no operarse, si es que tiene esa alternativa. De ahí a que sea tan grave omitir la información.

Por lo que, como consecuencia, sí tendría recorrido a pesar de no ocasionar lesiones derivadas de la intervención.

¿Existen casos en los que no es necesario obtener el Consentimiento Informado? La respuesta es sí:

  • La intervención no supone un riesgo para la salud pública
  • No se está capacitado para tomar decisiones
  • La urgencia no permite este tipo de demoras porque podría dar lugar a lesiones irreversibles o incluso la muerte

Otras que no están recogidas en la ley, pero son consideradas excepciones:

  • Imperativo legal
  • Información que perjudica al paciente
  • El destinatario renuncia a la información

No obstante, todo debe estar justificado y debe aparecer en la historia clínica, dado que si no aparece sí podríamos hablar de negligencia médica y se podría contratar a un abogado para investigar el caso.

Plazo para firmar el Consentimiento Informado

Dependiendo de la urgencia de la intervención. Si es con carácter urgente, lo habitual es que se firme unos días antes porque la situación es grave y no se puede esperar. No obstante, lo ideal es que el paciente tenga tiempo para reflexionar o incluso para pedir una segunda opinión.

Es decir, aún después de conocer con total transparencia su situación y a lo que se enfrenta y tras firmar, puede cambiar de idea, puede renunciar. Al fin y al cabo, cuanta más información tenemos mejores son las decisiones que tomamos.

¿Cómo se puede probar la falta de Consentimiento Informado?

Para probarlo, se necesita la prueba del consentimiento informado no firmado por el paciente . Es lo que demuestra que efectivamente el paciente no recibió ni la información completa ni se le habló de los riesgos o de las alternativas.

Si el paciente sufre daños de los que no tenía constancia o que desconocía que podían suceder, entonces podrá emprender acciones legales con ayuda de un abogado y reclamar por daño desproporcionado. Todo ello a causa de la falta de consentimiento intervención médica y su consecuente negligencia.

¿De qué magnitud es la indemnización en este tipo de negligencias?

La realidad es que a día de hoy no hay unanimidad jurisprudencial que fije la indemnización correspondiente. 

Una Sentencia del Tribunal Supremo nº 948/2011 de 16 de enero, indica que se debe distinguir al momento de fijar una indemnización si es una mala praxis probada o estamos ante un caso en el que no se ha informado al paciente de los riesgos o consecuencias de la intervención.

En la sentencia mencionada, se adopta como solución aplicar el baremo de accidentes y aplicar un factor del 50% sobre la cuantía. Así podrá reducir a la mitad la indemnización en los casos donde la intervención fue bien pero se le privó al paciente de información clara sobre a lo que se sometía.